Reglamento del sorteo activación de nuevas redes sociales de tiendacnfl.com en Facebook e Instagram.

I. OBJETO:

El objeto de este reglamento es establecer las regulaciones del sorteo que realizará la Compañía Nacional de Fuerza y Luz S.A. por medio de las nuevas redes sociales de tiendacnfl.com, tanto en Facebook como en Instagram, que consiste en el Sorteo de una Plantilla de inducción de dos discos marca Royal Crown, entre las personas que ingresen a las redes sociales y las sigan, hasta el 31 de marzo 2025.

II. GENERALIDADES Y RESTRICCIONES:

• Por “El Reglamento” entiéndase este documento, por “el sorteo” la actividad promocional que aquí se regula, y por “titular” la persona que ante la CNFL ha demostrado que sigue las nuevas redes sociales de tiendacnfl.com ya sea Instagram o Facebook, indicado anteriormente.

• El patrocinador del premio es el socio comercial KITCHENWARE EXPERTS S.A.

• En la publicidad del presente sorteo, se ha consignado la frase “APLICAN RESTRICCIONES”, en señal de que la participación de los interesados está sujeta a condiciones y limitaciones. Estas condiciones y restricciones son las que se indican en este Reglamento.

• El Titular debe cumplir con las condiciones indicadas en el presente Reglamento para poder participar.

• La CNFL por medio del Área de Mercadeo y Ventas de la Unidad Desarrollo de Negocios suspenderá en forma inmediata el presente sorteo, sin asumir responsabilidad alguna, si se llegaran a detectar defraudaciones o cualquier otra irregularidad en el proceso de actualización de datos, o si se presentara una circunstancia de fuerza mayor que afecte gravemente los intereses de la empresa patrocinadora.

• Igualmente, la CNFL por medio del Área de Mercadeo y ventas de la Unidad Desarrollo de Negocios se reserva el derecho de modificar este Reglamento en cualquier momento para introducir todas aquellas modificaciones necesarias para la buena marcha del sorteo. En caso de que se suspenda el sorteo o se realicen modificaciones, éstas serán informadas a los participantes por los mismos medios en que se dio a conocer originalmente el sorteo.

• El presente Reglamento no obliga al Área de Mercadeo y Ventas con determinada persona o colectividad, sino, sólo con quien acepte los términos del presente Reglamento y sus eventuales modificaciones.

• Los participantes solo podrán ser ganadores una única vez, aunque sigan tanto el perfil de Facebook como el perfil de Instagram, en el periodo de este Sorteo.

III. RESTRICCIONES

• En el Sorteo no podrán participar miembros de la Junta Directiva de la CNFL y personas trabajadoras de la Unidad Desarrollo de Negocios.

• El premio no podrá ser transferible.

• Únicamente será sujeto del sorteo las personas que sigan los perfiles de redes sociales de Facebook o Instagram de las nuevas redes sociales de tiendacnfl.com, hasta el 31 de marzo del 2025.

IV. MECÁNICA:

• Para participar en el Sorteo el cliente deberá seguir las nuevas redes sociales en Facebook o Instagram de la tiendacnfl.com hasta el 31 de marzo del 2025.

V. PREMIO:

• El premio consta de un una Plantilla de inducción de dos discos marca Royal Crown, para un solo Ganador, ya sea un seguidor del Facebook o un seguidor del Instagram de las nuevas redes sociales de la tiendacnfl.com, el cual es entendedor de las siguientes particularidades:

a) El Ganador dispone de una fecha límite para retirar el premio, posterior a esta fecha el premio no podrá ser reclamado.

b) El premio no incluye el transporte y debe retirarse en alguna de las Sucursales de la CNFL según se acuerde o en las oficinas del Área Mercadeo y Ventas ubicadas en el Plantel Virilla en La Uruca.

c) Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera de toda responsabilidad al Área de Mercadeo y Ventas por:

• Gastos incurridos para participar en la promoción, para hacer efectivo el premio o para disfrutarlo.

• Intervenciones humanas no autorizadas por parte de terceros a los sistemas de cómputo o similares que alteren el desarrollo de todo el Sorteo.

• Daños sufridos a la integridad o bienes del Ganador o de terceros que se ocasionen en virtud de esta promoción o durante el disfrute del Premio.

VI. SORTEO:

El sorteo se realizará en modo digital, el jueves 3 de abril a las 10:00 a.m. en presencia de un equipo interdisciplinario integrado por:

• Persona coordinadora del sorteo

• Jefatura de la Unidad de Nuevos Negocios

• Jefatura del Área Mercadeo y Ventas

• Asesora Legal de la Unidad Desarrollo de Negocios

• Un representante de la Unidad de Comunicación Empresarial

• Un invitado imparcial como testigo del sorteo

A través de una aplicación de sorteos en línea se integrarán los nombres de todos losparticipantes y se realizará el sorteo, el nombre del ganador será publicado por medio de las nuevas redes sociales de tiendacnfl.com en Instagram y Facebook el viernes 4 de abril del 2025, se le contactará desde las cuentas oficiales de estas redes por privado al ganador para solicitarle un número de teléfono o un correo electrónico para coordinar la entrega del premio.

• El premio será para un solo ganador el cual será convocado para retirarlo. La Asesora Legal de la Unidad Desarrollo de Negocios procederá a levantar una nota formal indicando, el nombre e identificación del ganador, así como el premio al cual se hace acreedor. En caso de que el ganador no reúna los requisitos necesarios indicados en el presente reglamento, el premio será declarado desierto y se libera de toda responsabilidad a la CNFL.

• Para la comunicación al ganador (a) del premio, la Unidad Desarrollo de Negocios a través de su Área de Mercadeo y Ventas realizará tres intentos de contacto, tomando la información que esté disponible en redes sociales y si por cualquier motivo no se puede localizar a la persona que resultó favorecida, ello no generará responsabilidad de ningún tipo para el Área Mercadeo y Ventas, el ganador perderá el derecho a reclamo o indemnización alguna, y el premio pasa a ser propiedad de la Compañía Nacional de Fuerza y Luz.

• El Ganador de este Sorteo dará autorización para que su nombre e imagen, aparezcan en diferentes medios publicitarios o material de divulgación de las actividades realizadas durante y después del sorteo, como lo son la entrega y recibo del premio, entre otras. Lo anterior para efectos de darle publicidad al resultado del presente Sorteo.

• La entrega del premio será coordinada por un colaborador del Área de Mercadeo y Ventas en un máximo de 15 días hábiles después de realizado el sorteo.

• El Área de Mercadeo y Ventas se reserva el derecho de cambiar la fecha del sorteo en caso de considerarlo necesario.

• La imposibilidad de realizar cualquiera de las actividades pactadas, por razones ajenas y fuera del control de la Compañía Nacional de Fuerza y Luz no generará el derecho de reclamo ni de indemnización alguna.

VII. VIGENCIA

• El presente Reglamento para el Sorteo activación de las nuevas redes sociales de tiendacnfl.com en Facebook e Instagram estará vigente hasta el 31 de marzo del 2025, y sin perjuicio de la facultad del Compañía Nacional de Fuerza y Luz de darla por terminada anticipadamente o extenderla, mediante acto razonado que comunicará mediante los mismos medios utilizados para publicitar el sorteo.

VIII. MODIFICACION DEL REGLAMENTO.

• El Área Mercadeo y ventas se reserva el derecho de modificar o cambiar los términos de este Reglamento, de tal manera que podrá introducir todos aquellos cambios necesarios para la buena marcha de este Sorteo. Asimismo, podrá suspender elSorteo en cualquier momento y sin previo aviso, sin incurrir en responsabilidad alguna, en caso de que se detecte alguna anomalía o se presente cualquier situación que esté fuera del control de Compañía Nacional de Fuerza y Luz. Esta circunstancia se comunicará públicamente en los medios oficiales en un espacio exclusivo para esta dinámica y con la indicación de la fecha a partir de la cual el Sorteo cesará o la nueva fecha dispuesta para su ejecución.

IX. LIBERACIÓN DE RESPONSABILIDAD:

• El Ganador empleará el premio recibido bajo su propia responsabilidad.

• Los organizadores garantizan la transparencia del sorteo y la calidad del premio. Sin embargo, no se hacen responsables por cualquier inconveniente ocurrido al momento de emplear dicho premio.

• No se podrá solicitar cambios en el premio de ninguna naturaleza, ni se aplicará garantía.

X. TERRITORIO:

• El sorteo será válido y surtirá efectos únicamente para las personas que sigan las nuevas redes sociales de tiendacnfl.com en Facebook o Instagram hasta el 31 de marzo del 2025.

XI. DIVULGACIÓN DE ESTE REGLAMENTO:

• Este Reglamento se compartirá en nuestras nuevas redes sociales de tiendacnfl.com en Facebook e Instagram.

XII. INFORMACIÓN Y CONSULTAS:

Para más información y consultas, los interesados pueden escribir al correo mercadeo@cnfl.go.cr o contactar a Kimberly Alfaro Sánchez al número telefónico 2295- 5845. Se prohíbe la reproducción total o parcial de este documento por cualquier medio.

El nombre Compañía Nacional de Fuerza y Luz S.A. y sus productos son marca registrada a nombre de su respectivo propietario.